RECONCILIACIÓN

En el Sacramento de la Penitencia, los fieles católicos obtienen de la misericordia de Dios el perdón de sus pecados. Al mismo tiempo, se reconcilian con la Iglesia, a la que han herido al pecar, y que obra por su conversión por medio de la caridad, ejemplo y oración.

Únicamente quienes tienen uso de razón son capaces de cometer pecado mortal. Sin embargo, incluso los niños pequeños y personas con discapacidad intelectual a menudo son conscientes hasta cierto punto de haber cometido actos pecaminosos, y pueden experimentar un sentido de culpabilidad y dolor. En la medida en que la persona sea capaz de tener un sentido de contrición por haber cometido un pecado, incluso si no puede describir el pecado con palabras, puede recibir la absolución sacramental. Quienes tengan discapacidad intelectual profunda, que no pueden experimentar ni siquiera la más mínima contrición, pueden ser invitados a participar en las celebraciones penitenciales comunitarias con el resto de la comunidad en la medida de su capacidad.

En el caso de personas que no tengan capacidad verbal, o tengan una capacidad verbal limitada, se debe aceptar el dolor por el pecado, incluso si tal arrepentimiento se expresa a través de algún gesto en lugar de verbalmente. Muchos católicos experimentan importantes dificultades de comunicación relacionadas al espectro de autismo, daño cerebral traumático, complicaciones después de un derrame cerebral y otras condiciones. Los católicos que tengan problemas importantes de comunicación pueden recibir permiso para hacer sus confesiones utilizando el medio de comunicación con el que mejor se expresen. Las personas que se preparen para el sacramento tienen que aprender a ser lo más independientes posibles en el uso de su sistema de comunicación para permitir la norma de la confesión individual y privada.

Se anima a los confesores a trabajar con los penitentes y, si fuera necesario, con sus familias y acompañantes en la Fe, para familiarizarse con diversas opciones de comunicación, (por ejemplo sistema SPC (Sistema Pictográfico de Comunicación) para asegurar que quienes deseen celebrar este sacramento lo puedan hacer, siempre que el secreto de la confesión se salvaguarde. También pueden confesarse a través de un intérprete de su elección que sea aprobado. Al presentar preguntas o en la penitencia que se imponga, el confesor debe proceder con prudencia y discreción, sabiendo que es al mismo tiempo juez y médico, ministro de la justicia divina y a la vez ministro de la misericordia divina.

Los católicos sordos deben tener la oportunidad de confesarse con un sacerdote que pueda comunicarse con ellos por la lengua de signos, si éste es su principal medio de comunicación. También pueden confesarse a través de un intérprete de su elección que sea aprobado. El intérprete está obligado a observar el sigilo sacramental. Cuando no esté disponible un sacerdote que pueda usar la lengua de signos, ni un intérprete, los católicos que son sordos pueden ser autorizados para hacer su confesión por escrito o a través del uso de un sistema de comunicación electrónico portátil que se pueda pasar entre el penitente y el confesor. Los materiales escritos o digitales se le deben devolver al penitente y ser destruidos o borrados adecuadamente.

Se ha de prestar una consideración pastoral a aquellos para quienes la recepción del sacramento dentro del confesonario pudiera resultar problemática, tanto por espacio como por la dificultad de sentirse incómodos al estar en un espacio cerrado. Aunque esto ciertamente constituye causa justa para la Reconciliación fuera del confesonario, se deben hacer todos los esfuerzos necesarios para asegurar que los penitentes que utilizan sillas de ruedas tengan acceso tanto a confesionarios cara a cara como a los privados, con el debido respeto al derecho del penitente de insistir en la confesión tras una rejilla